Enterate de los detalles sobre la Reconversión Monetaria
Cortesía de: BCV |
Este nuevo cono monetario tendrá una nueva modalidad de anclaje con la
criptomoneda Petro creando así un nuevo sistema monetario que estará
sustentado en las reservas de petróleo venezolana, por lo que su valor
lo determina el precio del crudo nacional en el mercado internacional.
¿Qué es la Reconversión Monetaria?
Es la modificación total del cono monetario vigente que implica el
cambio de escala monetaria y de todo lo que se exprese en bolívares.
Consiste en la eliminación de cinco ceros al cono monetario con el fin
de facilitar las transacciones económicas y comerciales así como también
simplificar los sistemas de cómputos y registros contables..
El Bolívar Soberano promoverá el sentido patrio y la valoración de la
moneda. Además, dará soporte a una nueva era de crecimiento en el
contexto de la renovación económica.
¿Cual es la nueva familia de billetes y monedas?
La Reconversión Monetaria se hará efectiva con una nueva familia de
billetes que sustituirán al cono vigente. El 20 de agosto entrará en
circulación una moneda de 50 céntimos y una de 1 bolívar, además de ocho
billetes de 2, 5, 10, 20, 50, 100, 200 y 500 bolívares..
¿Como se desarrollara el proceso de cambio?
Los precios, salarios, prestaciones sociales, tributos y cualquier
operación de pago en moneda nacional deberán reexpresarse en bolívar
soberano. En consecuencia, todo importe expresado en moneda nacional
antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva unidad,
dividiendo entre cien mil (100.000).
¿Cuales son las Normativas que lo rigen?
El Banco Central de Venezuela (BCV), a través de su portal web, publicó
la Gaceta Oficial N° 41.446 - Decreto N° 3.548 en la que por medio del
Decreto n° 54, en el marco del estado de excepción y de emergencia
económica, exige la nueva reexpresión de la unidad monetaria nacional
para la reconversión monetaria y su vigencia.
El Banco Central de Venezuela, en ejercicio de sus competencias,
regulará mediante Resoluciones de su Directorio todo lo concerniente al
redondeo que se aplicará como consecuencia de la reexpresión. Así mismo,
las denominaciones de los billetes y monedas metálicas por él emitidos,
representativos de la unidad monetaria actual, que podrán circular con
posterioridad al 20 de agosto de 2018, conservando su poder liberatorio
hasta que sean desmonetizados conforme a lo que indique dicho instituto
emisor.
A partir del 1° de agosto de 2018 todos los instrumentos por los que se
ofertan los precios de bienes y servicios así como otros que expresen
importes monetarios emplearán en su referencia tanto la unidad de cuenta
previa a la reexpresión.
Fuente: Banco bicentenario
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